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15 de junio de 2020 club

Actividades autorizadas en relación a la navegación de recreo y deportiva COVID-19

Continuando con el protocolo informativo del Club os hacemos llegar las principales consideraciones en relación a la publicación en el BOE de la Orden SND/458/2020 del 30 de mayo, establecidas para la transición hasta una nueva normalidad, en concreto las condiciones para el ejercicio de la navegación de recreo y deportiva:

  

  • Todas las actividades náuticas de recreo, sin más limitaciones que las de carácter territorial y las medidas Sanitarias de prevención.
  • Está autorizada la pesca deportiva y recreativa. En caso de ir acompañado, si no se puede mantener la distancia de seguridad, hace falta el uso de la mascarilla y medidas sanitarias de prevención. No se podrán compartir enseres de pesca. 
  • En las motos de agua solo podrá ir una persona, excepto que convivan juntos.
  • No se permite la entrada de barcos o embarcaciones de recreo extranjeras que no tengan puerto de estancia en España, excepto en caso de que la tripulación a bordo sea solo profesional. 
  • Las prácticas de navegación para la obtención de títulos náuticos con las limitaciones de ocupación generales fijadas en el RD 875/2014.

 

 

Esta información ha sido validada por la asesoría jurídica de la Asociación Catalana de Puertos Deportivos y Turísticos (ACPET). Podéis consultar el documento con la información completa AQUÍ.

 

Os informamos que se ha reforzado el servicio de limpieza y desinfección de las instalaciones del Club..

 

Desde el Club Nàutic Garraf os seguiremos informando de las acciones permitidas en cada nueva Fase de desconfinamiento a medida que las correspondientes autoridades comuniquen su aplicación.

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